El programa Kit Digital, impulsado por el Gobierno gracias a los fondos europeos, acelerará el proceso de digitalización de pequeñas empresas y autónomos. En líneas generales, esta iniciativa pretende hacer accesibles a este sector de la economía los avances tecnológicos que faciliten su operatividad y crecimiento.
De hecho, la continua automatización de diversos procesos rutinarios en las empresas está promoviendo la innovación en los procesos industriales. Pero también la está impulsando en la gestión operativa y de talento humano, el marketing, las relaciones comerciales y la cooperación interempresarial, entre otros ámbitos. Por otro lado, es evidente que el incremento de la capacidad para procesar y aprovechar los datos, al igual que el desarrollo de tecnologías de inteligencia artificial, están transformando a la gran diversidad de sectores económicos. Esto es evidente por el surgimiento de compañías y nichos de mercado emergentes y las posibilidades de expansión e internacionalización.
No obstante, diversos informes de organismos europeos señalan el bajo nivel de digitalización y de competencias digitales de las pequeñas empresas, microempresas y autónomos españoles. Estas circunstancias son los obstáculos más importantes que impiden el aprovechamiento total de las nuevas tecnologías para facilitar el crecimiento económico y la capacidad competitiva. En este sentido, el programa Kit Digital está dirigido a ayudar en forma determinante a revertir dicha situación.
¿En qué consiste el programa Kit Digital?
Kit Digital es un programa de subvenciones a pequeñas empresas, microempresas y autónomos destinado a la incorporación de herramientas digitales disponibles en el mercado. De este modo, las organizaciones y trabajadores independientes beneficiados podrán escalar a un mayor nivel de madurez digital. Pueden aspirar a estas financiaciones compañías de modestas proporciones y emprendedores pertenecientes a cualquier sector o tipología de negocio. La iniciativa que nos ocupa forma parte del Plan de Digitalización de PYMEs que, a la vez, forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia impulsado por el Gobierno. La financiación de este plan se ejecuta con los fondos de recuperación de la Unión Europea, Next Generation EU.
En este punto, es pertinente recordar que las PYMEs constituyen el 95% del tejido empresarial español y generan más del 90% del empleo. El mencionado segmento ha sido uno de los más golpeados por la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del Covid-19. Por consiguiente, se prevé una inversión pública de 3.067 millones de euros en el periodo 2021-2023 para el programa de digitalización que describimos.
Áreas a cubrir
En esencia, Kit Digital consiste en un bono digital en dinero. El mismo se adjudicará en función del tamaño de la compañía, determinado por la cantidad de empleados que tenga. Por supuesto, la finalidad de la ayuda es que el emprendedor favorecido invierta ésta en una o varias soluciones digitales. Tales herramientas serán adquiridas mediante agentes digitalizadores proveedores y especialistas en productos y servicios cubiertos por el programa:
- Diseño y desarrollo de sitios web.
- E-commerce.
- Gestión de clientes.
- Inteligencia empresarial y analítica.
- Gestión de redes sociales.
- Servicios y herramientas de oficinas virtuales.
- Gestión de procesos.
- Factura electrónica.
- Comunicaciones seguras.
- Ciberseguridad online.
Los beneficiarios deberán seleccionar la o las soluciones más prioritarias para sus compañías que mejor se adapten a sus necesidades.
Bases reguladoras de Kit Digital
A los efectos de conocer los requisitos y procedimientos para la solicitud del bono, nos remitimos a la Orden ETD/1498/2021 del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de 29 de diciembre. Mediante este instrumento se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos con Kit Digital.
En primer lugar, el artículo 7.2 de la Orden define los segmentos de beneficiarios de las subvenciones:
- Pequeñas empresas entre diez y menos de 50 empleados.
- Compañías pequeñas o microempresas entre tres y menos de diez trabajadores.
- Microempresas de entre cero y menos de tres empleados.
Dicha categorización sigue los lineamientos del Reglamento UE N.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 para el otorgamiento de ayudas compatibles.
Aparte de eso, el presupuesto y las cantidades de las ayudas se establecerán en cada convocatoria. La solicitud de estas ayudas se realizará en la sede electrónica de Red.es: sede.red.gob.es.
Requisitos para la solicitud de la subvención Kit Digital
A continuación, el artículo 8 de la misma Orden determina los requisitos que deben cumplir las empresas aspirantes al bono:
- Tener la calificación de pequeña empresa o microempresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, arriba especificado.
- Estar registrado en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en la Administración Tributaria Foral equivalente. Tal inscripción debe reflejar la antigüedad mínima establecida en las convocatorias, así como la actividad económica efectivamente desarrollada al momento de solicitar la ayuda.
- Consecuente con lo anterior, la compañía aspirante debe estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Asimismo, la empresa no puede estar sujeta a una orden de recuperación pendiente por decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- Tampoco debe tener la consideración de empresa en crisis, definida en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, y al Anexo II de la orden que citamos.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre).
- No superar el límite de ayudas de “minimis” según lo determinado en el artículo 2.4 de la orden citada.
- Por otro lado, es indispensable que las empresas aspirantes cuenten con la evaluación del Nivel de Madurez Digital. La misma se obtiene realizando el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
Agentes digitalizadores
Como dijimos líneas arriba, la inversión de los bonos Kit Digital otorgados deberá realizarse mediante los agentes digitalizadores debidamente registrados en el programa. A tal efecto, los requisitos para aspirar a la condición de Agente Digitalizador Adherido están establecidos en el artículo 10 de la citada Orden ETD/1498/2021. Así como también están transpuestos en el Anuncio de Adhesión de Agentes Digitalizadores del Programa Kit Digital publicado recientemente. En esta última se reitera que estos agentes serán los únicos autorizados a prestar las soluciones de digitalización objeto de la subvención.
Requisitos más destacados para ser agente adherido a Kit Digital
Entre los diversos requisitos que deben cumplir las empresas y autónomos aspirantes a agentes digitalizadores del programa, destacan:
- Haber logrado una facturación acumulada mínima de 100.000 euros en los dos años previos a la fecha de la solicitud. O haber facturado al menos 50.000 euros en el año inmediatamente anterior. En ambos casos, esto debe corresponder a proyectos similares al desarrollo para los beneficiarios de las categorías de soluciones ya descritas contempladas en el programa. En el caso de autónomos sin trabajadores a su cargo, la facturación deberá ser al menos de 70.000 euros en los dos años anteriores. O bien de 35.000 euros alcanzados en el año anterior a la solicitud.
- Disponer de una página WEB dedicada al Programa Kit Digital en un nombre de dominio del Agente Digitalizador, al momento de la solicitud. Este sitio debe presentar el contenido mínimo determinado en el Anexo II del Anuncio de Adhesión. Allí, figurarán, por cada referencia, las diferentes soluciones ofrecidas clasificadas por segmentos de beneficiarios, sectores y nombres de dichas soluciones. Igualmente, en la web del Agente Digitalizador Adherido podrá especificarse la oferta técnica y comercial dentro de cada servicio. Esto último, cumpliendo con los requerimientos mínimos indicados en la Categoría de Solución de Digitalización a la que pertenece la referencia.
Las empresas y autónomos interesados en adherirse al Programa Kit Digital, podrán presentar su solicitud, mediante el formulario habilitado en https://sede.red.gob.es/. A la misma debe anexarse la documentación requerida. El trámite ha de realizarse solo por vía telemática, a través de la Sede Electrónica del organismo autorizado Red.es, con certificado digital válido y compatible.
El Anuncio de Adhesión estará abierto desde la fecha de su publicación en la Sede Electrónica de Red.es hasta finalizar la vigencia del programa.
Te ayudamos a solicitar la subvención Kit Digital
En Kit Digital somos proveedores y especialistas en las soluciones digitales para tu empresa previstas en el programa de ayudas que describimos. No dudes en consultarnos si quieres obtener esta subvención. Nosotros te ayudamos a solicitarla y a impulsar la madurez digital de tu empresa.