¡Por fin! El 2 de septiembre Red.es anunció la apertura de la convocatoria del Segmento 2 del Kit Digital, el programa de ayudas lanzado por el Gobierno de España para la digitalización de pymes y personas en situación de autoempleo. A partir de esta fecha y hasta el 2 de septiembre de 2023, las empresas que tengan entre 3 y 9 empleados pueden hacer sus solicitudes. Como veremos, esta convocatoria llega con importantes novedades que reafirman al referido plan como la gran oportunidad para la transformación digital de este sector productivo.
Dos nuevas soluciones subvencionables entre las novedades del Segmento 2 del Kit Digital
En efecto, dos nuevas soluciones de digitalización subvencionables se incorporan a las diez originales en esta nueva convocatoria. Las mismas son: Presencia avanzada en Internet y Marketplace. Brevemente, te explicamos en qué consisten ambas.
Presencia avanzada en Internet
En esencia, el propósito de esta categoría es proporcionar funcionalidades y servicios que impulsen el posicionamiento en Internet de las empresas beneficiarias. Concretamente, mediante estrategias SEO (Search Engine Optimization) se buscará incrementar la visibilidad y el alcance de estas organizaciones a clientes potenciales, así como aumentar el tráfico de visitas a sus sitios web. Como mínimo, estas soluciones deben incluir:
- En principio, Posicionamiento en Internet de la información del negocio: contacto, perfil, sitos principales, redes de negocio y/o directorios de compañías y profesionales.
- Análisis de keywords (palabras clave): gestión, búsqueda y análisis de keywords, con la finalidad de llevar a cabo estrategias para que los buscadores clasifiquen el contenido.
- Análisis de la competencia. Esto consistirá en un informe mensual para conocer la situación de la empresa beneficiada respecto a su competencia.
- SEO On-page. Es indispensable que la solución ofrezca un mínimo de dos páginas o apartados de SEO On-page que optimicen la estructura y contenido internos y mejoren el posicionamiento natural de la beneficiaria en los buscadores.
- SEO Off-page. Este servicio implica ejecutar acciones fuera del entorno del sitio web para mejorar su posicionamiento orgánico.
- Informes mensuales de seguimiento, que reporten el resultado de las acciones ejecutadas y su repercusión en la presencia de la compañía beneficiaria en Internet.
Marketplace
En sí, la idea de proveer servicios de estrategia y apoyo para la participación de las compañías beneficiarias en marketplaces es ayudar a promover las ventas mediante estos canales. Podemos definir los marketplaces como plataformas online en las que empresas, marcas y pequeños negocios puede vender bienes y servicios.
En la práctica, te permite poder vender tus productos a través del entorno de ecommerce de un tercero (p.e. Amazon o eBay). Así no necesitas tener tu propia tienda online para vender tus productos por internet. O quizás puedes usarlo como un entorno complementario de venta online, además de tu propio entorno de venta.
En estos marketplaces, existe la intermediación entre clientes y vendedores. Incluir la asesoría y el soporte para ventas a través de los marketplaces como subvencionables en el Segmento 2 del Kit Digital es una iniciativa acertada por el grado de aceptación que tienen tales canales de ventas entre los consumidores.
Los requisitos mínimos de estas soluciones son:
- Para empezar, un Estudio previo de opciones, apertura de cuenta y alta de perfil en una plataforma de marketplace y en una nación, como mínimo.
- Análisis de la competencia. Esto supone realizar una investigación de mercado enfocada en las características de la competencia. Con ello, se busca fundamentar la toma de decisiones para incrementar la competitividad de la beneficiaria.
- Diseño y establecimiento de la estrategia de negocio, para orientar los recursos disponibles al logro de los objetivos definidos.
- Producción del catálogo de referencias, previo análisis de las categorías comercializables. Esto con el fin de seleccionar 10 productos o menos, de acuerdo a la disponibilidad de la empresa.
- Creación del contenido del listing, definiendo al menos 10 descripciones del catálogo de referencias (dependiendo de la disponibilidad).
- Por último, una Alta de referencias, acompañada por la descripción y fotografía individual de cada uno de los productos.
Con el Segmento 2 del Kit Digital se producen cambios en las categorías y sus importes por segmentos
Aparte de las nuevas categorías ya expuestas, hubo ajustes en los importes de las ayudas. Igualmente hay cambios puntuales en algunas funcionalidades: Sitio Web y Presencia básica en Internet, Gestión de Procesos y Factura Electrónica. Puedes consultar dichas modificaciones en las nuevas Bases Reguladoras del Kit Digital. En consecuencia, los mismos quedarían de la siguiente manera para el Segmento 2 del Kit Digital:
Categoría de Digitalizaciones | Importes para el Segmento II (3 a 9 empleados) |
Sitio Web y presencia básica en Internet. | 2.000 € |
Comercio electrónico | 2.000 € |
Gestión de Redes Sociales | 2.000 € |
Business Intelligence y Analítica. | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Gestión de Clientes | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Factura electrónica | 2.000 € (incluye 3 usuarios) |
Gestión de procesos | 3.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual | 250 € por usuario (hasta 9 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 125 € por usuario (hasta 9 usuarios) |
Ciberseguridad | 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos) |
Presencia avanzada en Internet | 2.000 € |
Marketplace | 2.000 € |
Para todas las categorías, los Agentes Digitalizadores Adheridos al programa han de prestar un servicio de 12 meses de duración. En total, el importe máximo del bono digital por beneficiario será de 6.000 € para la adquisición de las 12 categorías de soluciones subvencionables.
El segmento 2 del Kit Digital también trae un nuevo concepto subvencionable
Según las bases modificadas antes del lanzamiento de la convocatoria del Segmento 2 del Kit Digital, los “bonos digitales” podrían financiar el reemplazo de soluciones informáticas ya existentes siempre que esto suponga una mejora funcional. Es decir, una solución totalmente nueva y que cumpla los requisitos mínimos establecidos para la categoría a la que corresponda. Al igual que cuando la solución cambiada no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la categoría a la que pertenece.
Por tanto, no se tomarán como mejoras funcionales las soluciones que signifiquen un progreso, aumento, desarrollo o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente. Menos aún, se considerarán como tales las actualizaciones de versiones de software, upgrades o mejoras de versiones.
De la misma forma, la nueva versión de las bases reguladoras abre la posibilidad de financiar el hardware, pero solo cuando resulte indispensable para ejecutar la solución contratada. Hablamos de los dispositivos que entran en la modalidad de pago por uso, como parte de una solución de digitalización. Los mismos no podrán emplearse para propósitos diferentes a la prestación de la solución.
El segmento 2 del Kit Digital introduce otros tipos de entidades beneficiarias
Otro cambio incorporado es la ampliación de la cantidad de entidades beneficiarias de las subvenciones. Además de las pequeñas empresas, microempresas y autónomos domiciliados en territorio español, podrán solicitar el “bono digital” las sociedades civiles con objeto mercantil. Del mismo modo, podrán aspirar a las subvenciones sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica.
Sin embargo, no podrán obtener las subvenciones del Segmento 2 del Kit Digital las uniones temporales de empresas (UTES). Tampoco las personas en situación de autoempleo considerados como autónomos societarios, ni los autónomos colaboradores especificados en la normativa aplicable. Menos aún, podrán ser beneficiarias las personas físicas o empresas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos al Programa.
Otras novedades
- Redefinición de los plazos de ejecución. En este sentido, los Agentes Digitalizadores tendrán un plazo de tres meses para efectuar la instalación o desarrollo y emitir la factura previa aprobación del beneficiario. A los efectos, el plazo contará desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
- Por otro lado, se incorporan la Cl@ve PIN y la Cl@ve permanente como medios de firma electrónica válidos para la suscripción de los Acuerdos y presentar la justificación. Asimismo, los gestores administrativos podrán formalizar los acuerdos de digitalización.
Próxima Digital te ayuda a solicitar las ayudas Kit Digital
Como Agentes Digitalizadores Adheridos al Programa Kit Digital, en Próxima Digital podemos facilitar y desarrollar todas las soluciones subvencionables de dicho plan. Más aún, te ayudamos a solicitar tu “bono digital” y te acompañamos durante todo el proceso.
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