CONDICIONES PARTICULARES DE ACCESO AL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DIGITAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMAS, PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA PROPIA AGRARIAS, PERSONAS MUTUALISTAS Y DIVERSAS ENTIDADES DE ECONOMÍA SOCIAL - 2024

1. OBJETO

EL CONTRATO tiene por objeto la prestación de servicios por ProximaHost S.L. al CLIENTE, consistentes en el desarrollo de las actuaciones relacionadas con el asesoramiento, gestión y consultoría de proyectos, sufragados a través de financiación y subvenciones, tanto regionales, como nacionales, para EL CLIENTE (en adelante “EL SERVICIO”).

Cualquier otra información relativa a estae programa y al resto de programas susceptibles de formar parte de la web https://kitdigital.online quedará reflejada en la sección Condiciones Generales de la misma.

2. PLAZOS, BENEFICIARIOS Y MODALIDADES DE PROYECTOS QUE SE PUEDEN ACOGER A ESTE PROGRAMA

En virtud de la Resolución de 18 de noviembre de 2021 de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, y del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 202, de 15 de octubre de 2021, este programa estará vigente para solicitar y aprobar presupuestos hasta el 25 de mayo de 2022, siendo inadmitida cualquier solicitud que entre fuera del plazo marcado por la Junta.

    Se podrán acoger a este programa y recibir subvención:
  1. Los trabajadores por cuenta propia y autónomos, los trabajadores por cuenta propia agrarios, las personas mutualistas,
  2. Las sociedades laborales y las sociedades Cooperativas.
    Este programa consta de dos modalidades de contratación:
  1. Modernización en base a la implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.
  2. Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad empresarial.
    En este sentido, se considerarán como válidos dentro de cada una de las líneas de actuación del programa los siguientes elementos:
    Modalidad A:
  1. Adquisición de equipos informáticos o de infraestructuras de tecnologías de la información y comunicación para la instalación de software de gestión empresarial.
  2. Adquisición de Software de gestión empresarial, ERP o CRM.
  3. Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.
  4. Costes de consultoría para implantar soluciones de digitalización.
  5. Costes de contratación de servicios en la nube para dar soporte al software de gestión empresarial durante un año.
  6. Adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización empresarial y procesos productivos.

  7. Modalidad B:
  8. Gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento online, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en internet.
  9. Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales, así como la consultoría de implantación.
  10. Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web (normativa de comercio electrónico o protección de datos).
  11. Costes de formación del personal y de migración o carga de datos para que la página web sea operativa.
  12. Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de página web.
  13. Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS durante un año.

No tendrán la consideración de válidos los gastos vinculados a la adquisición de televisores, reproductores de sonido o imagen, teléfonos móviles, tablets, servicio de comunicación personal o cualquier otro equipamiento informático que no esté vinculado directamente a la correcta instalación y/o funcionamiento del software de gestión empresarial.

3. DESARROLLO DEL ASESORAMIENTO

El SERVICIO se prestará según las etapas siguientes:

    Etapa 1: Planificación y valoración inicial
  1. ProximaHost S.L. evaluará conjuntamente con EL CLIENTE las iniciativas se quieran desarrollar durante la vigencia del contrato. Para ello, EL CLIENTE deberá facilitar a ProximaHost S.L. toda la información y documentación disponible, informatizada o no, para que sea analizada.
  2. Tras la revisión de la información recabada, ProximaHost S.L. diagnosticará la probabilidad de éxito de cada una de las iniciativas, teniendo en cuenta las diversas líneas y programas existentes en los diferentes ámbitos de actuación. Si ProximaHost S.L. no constatara posibilidades de obtención de Ayudas Públicas o Financiación informará de ello a EL CLIENTE, finalizando en ese momento EL SERVICIO para este ejercicio, sin haber generado ningún tipo de remuneración.
    Etapa 2: Presentación de proyectos
  1. Valorada la posibilidad de obtener financiación pública, EL CLIENTE facilitará a ProximaHost S.L. aquella información y documentación adicional que se requiera, para poder conformar un expediente de solicitud, asesorando al CLIENTE en la materia.
  2. Además, existe la posibilidad de realizar subsanaciones del proyecto, en función de cada convocatoria y cada proyecto. Por este motivo, existe la posibilidad de la necesidad de solicitar a EL CLIENTE información adicional.
  3. Se devengará por esta etapa la parte de honorarios que se detalla en el apartado correspondiente de la cláusula 04. CONDICIONES ECONÓMICAS.
  4. Por último, en el caso que se requiera la constitución de avales / garantías, ProximaHost S.L. apoyará en la búsqueda de dicho aval / garantía y facturará un complemento, si el aval / garantía se ha obtenido a través de ProximaHost S.L.
    Etapa 3: Justificación de proyectos
  1. En el caso de aprobación del proyecto, ProximaHost S.L. quedará obligada a asesorar en todos los trámites referidos al procedimiento abierto y a realizar las justificaciones económicas y técnicas necesarias para justificar los gastos, en las diferentes anualidades en las que el proyecto se lleve a cabo.
  2. EL CLIENTE entregará a ProximaHost S.L. la documentación necesaria para el desarrollo de dichas memorias justificativas, con un plazo suficiente de al menos quince días hábiles para el término de la presentación de la justificación. Además, ProximaHost S.L. entregará y presentará la documentación justificativa dentro del plazo requerido.

4. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL BENEFICIARIO

El CLIENTE, en caso de ser beneficiario de la subvención solicitada, se encargará de proporcionar a ProximaHost S.L. toda la documentación que sea requerida para poder proceder a iniciar los trámites frente a la Administración.

El CLIENTE se asegurará también de que la información aportada sea correcta y completa, además de notificar inmediatamente cualquier cambio en los datos de contacto, en la documentación necesaria para recibir la subvención y en cualquier otro dato que sea necesario para cumplir con las condiciones pactadas.

Dicha documentación a presentar viene descrita a continuación, para cada línea de actuación:

    Línea 1: Trabajadores autónomos, trabajadores por cuenta propia agrarios y mutualistas:
  1. Presupuestos o facturas proforma.
  2. Certificado expedido por la mutualidad alternativa al régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos.
  3. Representación.
  4. Certificado de declaración anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, o copia presentada del ejercicio año 2019 y 2020.
    Línea 2: Sociedades cooperativas y laborales de Andalucía:
  1. Certificación del Registro Mercantil en la que conste la fecha de inscripción de la sociedad, la vigencia de la sociedad, y de sus representantes sociales y no esta incursa en el cierre registral.
  2. Certificación del importe neto de la cifra de negocio expedido por la Agencia Tributaria o declaración del impuesto de sociedades de los dos últimos ejercicios contables.
  3. Representación.

Por otro lado, si el CLIENTE fuese un beneficiario de la línea 1 (trabajadores por cuenta propia y autónomos, trabajadores por cuenta propia agrarios, personas mutualistas) conoce que estará obligado a mantener ininterrumpidamente su situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, o mutualidad, durante al menos 1 año, a contar desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Por su parte, si el CLIENTE fuese un beneficiario de la línea 2 (sociedades laborales y sociedades Cooperativas) conoce que estará obligado a mantener ininterrumpidamente su inscripción en situación activa y calificación en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas y Registro de Sociedades Laborales de Andalucía, respectivamente, durante al menos 1 año, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

A partir del momento en que se da la aprobación definitiva del presupuesto presentado por ProximaHost S.L. para iniciar los trámites ante la Junta de Andalucía, el CLIENTE queda sujeto al compromiso de vinculación con ProximaHost S.L. para la gestión de dicha ayuda hasta la finalización de la misma, no pudiendo desvincularse una vez haya recibida la ayuda para su ejecución en cualquier otra actividad ajena a la pactada.

El CLIENTE respetará en todo momento las condiciones de pago determinadas en este Contrato.

5. DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato, y por tanto la colaboración entre ProximaHost S.L. y EL CLIENTE se iniciará en el momento de la firma de EL CONTRATO y tendrá una vigencia inicial de un (1) año, con prórrogas automáticas anuales, salvo denuncia de EL CONTRATO por cualquiera de las partes mediante preaviso realizado al menos con tres (3) meses de antelación al momento en que la resolución haya de surtir efecto.

La intervención de ProximaHost S.L. se iniciará de forma inmediata tras la firma de EL CONTRATO, en la medida en que tenga posesión de todos los documentos necesarios para el cumplimiento del asesoramiento encomendado.

En la hipótesis en que no se hubiese podido evidenciar ninguna actuación susceptible de obtener financiación, el asesoramiento concluirá en ese mismo momento.

En el caso contrario a lo expresado en el párrafo anterior, el asesoramiento se desarrollará según lo explicado en el apartado 03. DESARROLLO DEL ASESORAMIENTO.

6. CONDICIONES ECONÓMICAS

    Remuneración
  1. Los honorarios de ProximaHost S.L. por la prestación del SERVICIO se fijan mediante el cobro íntegro del importe de la subvención objeto de tramitación, la cual será destinada al pago, tanto de la tramitación de la misma, como de los productos y servicios del Programa solicitado.
    Condiciones de facturación y pago
  1. La facturación de dichos honorarios variables se realizará una vez que se haya aprobado el presupuesto marcado y se inicien los trámites para realizar el servicio acordado. A dicha cantidad se añadirá el IVA correspondiente en cada momento o impuesto que le sustituya.
    Cuantía máxima de las subvenciones y periodo de validez del programa
  1. Queda definido como porcentaje máximo a percibir tras aceptar la solicitud el 100% de los gastos subvencionables en cada una de las modalidades de los proyectos de inversión definidos, con el límite máximo de 6.000 €, impuesto sobre el Valor Añadido excluido. Si se otorgase la subvención por un importe inferior al 100% del presupuesto aceptado, la persona o entidad beneficiaria del mismo estará sujeto a la realización de una aportación de fondos propios por el importe restante para completar la financiación del proyecto de inversión subvencionado, teniendo que acreditar dicha aportación al justificar la subvención.
  2. El plazo único de validez del acuerdo entre las partes será de 12 meses, y el plazo de preaviso para la finalización del acuerdo será de cuatro (4) semanas hasta el vencimiento del acuerdo. La notificación de finalización se hará por escrito para que entre en vigencia, indicando los motivos que fundamentan dicha decisión, los cuales deberán ser veraces.
    Resolución de la concesión de subvenciones
  1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la fecha en que se haya presentado la solicitud en el registro telemático de la Administración de la Junta de Andalucía. Transcurrido el plazo establecido sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa, las personas o entidades interesadas podrán entender desestimadas por silencio administrativo sus solicitudes.